Ministerio del Trabajo da a conocer comunicado del día de los trabajadores

Este primero de mayo todos los nicaragüenses celebran el día internacional de los trabajadores con diferentes acciones encaminadas a conmemorar  los avances en materia laboral en nuestro país.

En diferentes países  es toda una tradición  realizar caminatas, concentraciones populares  y hasta protestas contra los sistemas de desarrollo laborales con los que cuentan cada país.

Nicaragua  vive tiempos de grandes progresos en derechos laborales, hoy los trabajadores nicaragüense gozan de estabilidad  en sus empleos lo cual ha sido logrado por los grandes acuerdos y alianzas estratégicas  con la empresa privada a través  de un modelo de dialogo y consenso que desde el gobierno se ha desarrollado  para beneficios de cada trabajador.

El gobierno del presidente Daniel Ortega y la Compañera Rosario han dispuesto el respeto al derecho al trabajo por cuenta propia de quienes se ganan la vida en diferentes puntos de todos lo municipios del país, eliminando los cobros y disposiciones  de permiso que antes se emitían desde las instituciones municipales y policiales .

Primero de Mayo es día feriado Nacional 

La ministra del trabajo en uso de las facultades que le confiere la ley 290 del código del trabajo en sus artículos 66 y 264  hace saber a todos los empleadores y trabajadores del país lo siguiente: 

Primero. Que el día domingo primero de mayo del presente año se celebra el Día Internacional de los trabajadores y trabajadoras, fecha de Gran trascendencia histórica para el movimiento obrero y que sintetiza la lucha por las reivindicaciones de los trabajadores.

Por ello este día es feriado nacional obligatorio con derecho a descanso y salarios y para todos los trabajadores del país al tenor de lo dispuesto en el artículo 66 del código del trabajo.

Segundo de conformidad a lo establecido en el artículo 68 del código del trabajo que señala y algún día feriado nacional coincide con El séptimo día este será compensado día trabajador que labore se le remunerará como día extraordinario del trabajo tal es el caso del día primero de mayo del presente año por lo que él mismo se compensará con el día lunes 2 de mayo regresando los trabajadores a sus labores ordinarias el día martes 3 de mayo del año en curso.

Tercero se efectúan las actividades que no puedan interrumpirse por encontrarse dentro de los casos previstos en el artículo 66 del código del trabajo así como aquellas empresas que por sus características están afectadas por el presente ciclo agrícola.

Dado en la ciudad de Managua a los 26 días del mes de abril del año 2016.

Esta entrada fue modificada por última vez el 27 de abril de 2016 a las 10:56 AM