MANAGUA – NICARAGUA / El Ministerio del Trabajo de Nicaragua ha declarado el domingo 8 de diciembre de 2024 como feriado nacional para todos los trabajadores del sector público y privado en conmemoración de la Inmaculada Concepción de María.
Este día será compensado con el lunes 9 de diciembre, garantizando el descanso de los empleados.
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Según el comunicado oficial, los trabajadores que laboren el 8 de diciembre deberán recibir remuneración extraordinaria, conforme a lo establecido en el Código del Trabajo. Las actividades laborales se reanudarán el martes 10 de diciembre de 2024.
La disposición se sustenta en el artículo 66 del Código del Trabajo, que declara este día como feriado nacional para promover la participación de las familias en las tradicionales festividades religiosas.
Además, el artículo 68 establece que, al coincidir con el séptimo día de la semana, el descanso debe ser trasladado al lunes siguiente.
Ministerio del Trabajo declara feriado nacional el 8 de diciembre y compensa con el lunes 9. #noticias #nicaragua
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— Canal 4 Nicaragua (@Canal4Ni) December 2, 2024
SE EXCEPTÚAN LABORES QUE NO PUEDAN SER INTERRUMPIDAS
El comunicado, firmado por la ministra Alba Luz Torres Briones, detalla que se exceptúan de esta normativa aquellas labores que no puedan ser interrumpidas por su naturaleza o por las necesidades que satisfacen, como servicios esenciales de seguridad y actividades económicas que requieren continuidad.
El Gobierno de Nicaragua reafirma su compromiso de respetar las tradiciones culturales y religiosas del país, promoviendo espacios para la convivencia familiar y la devoción cristiana.
Este feriado refuerza el modelo de trabajo cristiano, socialista y solidario impulsado por el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional.
Para más información sobre las disposiciones laborales, se invita a los empleadores y trabajadores a consultar el Código del Trabajo y las normativas del Ministerio del Trabajo.
A CONTINUACIÓN, COMUNICADO DEL MINISTERIO DEL TRABAJO:
La Ministra del Trabajo, en uso de las facultades que le confiere la Ley número 290, «Ley de Organización, Competencia y procedimientos del Poder Ejecutivo» y Ley número 185, «Código del Trabajo» en su artículo 66. HACE SABER: A tod@s I@s Empleador@s públicos y privados del país lo siguiente:
PRIMERO: Que de conformidad a lo establecido en el artículo 66 del Código del Trabajo de la República de Nicaragua, se declara el día domingo 8 de diciembre del año en curso, FERIADO NACIONAL para tod@s l@s Trabajador@s del sector público y privado del país a fin de que las familias nicaragüenses participen en las celebraciones de la Inmaculada Concepción de María.
SEGUNDO: Que por coincidir el dia 8 de diciembre 2024 con el séptimo día, de conformidad con el artículo 68 del código del trabajo este será compensado con el dia lunes 9 de diciembre del año en curso y el trabajador que labore, se le remunerará como dia extraordinario de trabajo, regresando tod@s l@s trabajador@s del país a sus labores cotidianas, el dia martes 10 de diciembre 2024.
TERCERO: Se exceptúan los trabajos que no sean susceptibles de interrupción por su naturaleza o por la indole de las necesidades que satisfacen de conformidad al artículo 69 del Código del Trabajo y todas aquellas que puedan afectar las actividades económicas, sociales y de seguridad del pais.
Dado en la ciudad de Managua, a los dos días del mes de Diciembre del año dos mil veinticuatro. TERIO DELTR Dra. Alba Luz Torres Briones, Ministra del Ministra del Trabajo SOMOS CRISTIANA, SOCIALISTA, SOLIDARIA! MINISTERIO DEL TRABAJO PUEBLO QUE VENCE!
Esta entrada fue modificada por última vez el 4 de diciembre de 2024 a las 9:58 AM