Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ordena al CNE entrega de actas de escrutinios presidenciales

Foto Cortesía / Sala electoral del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela.

CARACAS – VENEZUELA / El Consejo Nacional Electoral (CNE) aseguró que el mandatario fue reelegido con el 51,9% de los votos tras un escrutinio del 97% de los sufragios. Así informó la cadena internacional de noticias teleSUR.

La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Caryslia Rodríguez, señaló que la Sala Electoral del TSJ solicita al Consejo Nacional Electoral (CNE), consignar en un lapso de tres días, ante la máxima instancia, las actas de escrutinios y de totalización de la elección presidencial del pasado 28 de julio.

La titular del TSJ, indicó que los documentos que deben consignar el CNE ante el órgano judicial son los siguientes: actas de escrutinios de las mesas electorales a nivel nacional; las actas de totalización definitivas del proceso eleccional y el acta de adjudicación y proclamación del presidente electo.

TRANSMISIÓN DE LOS RESULTADOS ELECTORALES

Asimismo, la magistrada Rodríguez destacó que se solicitó tanto a los candidatos, partidos políticos, CNE y demás sujetos intervinientes en el proceso electoral celebrado el 28 de julio del 2024, “todos los documentos legales en relevancia jurídica que les sean requeridos”, con el objetivo de certificar los resultados de las elecciones presidenciales.

“Toda vez que constituye un hecho público, notorio y comunicacional al ataque cibernético denunciado contra el sistema informático del Consejo Nacional Electoral, como impedimento a la oportuna transmisión de los resultados electorales.

Igualmente, indicó que le solicita al máximo órgano comicial todos los elementos de prueba asociados a los comicios del 28 de julio.

“De cara al compromiso con la paz, la democracia y en procura del orden constitucional de la República, esta Sala Electoral decide que para este caso en particular queda habilitado el despacho de este órgano de lunes a domingo. Ambos días inclusive durante las 24 horas.

Esta entrada fue modificada por última vez el 3 de agosto de 2024 a las 11:37 AM